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ü El
decreto230 establece criterios sobre estándares para las áreas y otros
instrumentos para la calidad presentados por el MEN. Según esta norma el plan
de estudios determina que las competencias y conocimientos se generalizan para
todo el país en el marco de las nuevas técnicas curriculares y pedagógicas
expedidas por el MEN y se incluyen los criterios procedimientos para ejercer el
control del proceso educativo. Con esta orientación se pretende homogeneizarle
contendido de la educación en Colombia mediante la imposición del currículo único,
obligatorio y uniforme.
ü Para
la realización de un sistema de evaluación centrado en la formación, es
imprescindible que el Estado, los maestros y las instituciones educativas
orienten su pensamiento y su práctica educativa hacia el cumplimiento de los
fines y principios establecidos en la Ley General de Educación, el mejoramiento
de las condiciones materiales e infraestructurales, el desarrollo de una
política de formación y capacitación de docentes, el respeto a la profesión
docente, la recuperación de la función social de la educación, el
reconocimiento de la pedagogía, la innovación, la experimentación y la
investigación. En este sentido, la evaluación involucra un componente
investigativo cuyo propósito es encontrar, entre otras, las causas de la
repitencia y la deserción y, formular estrategias de superación. Así como es
absurdo recurrir a la promoción de los estudiantes para justificar una política
macroeconómica, igualmente es inadmisible aferrarse a la reprobación y la
repitencia como modelos de buena calidad o reducir la evaluación a la
aplicación de meros instrumentos de corrección acerca de las deficiencias y
dificultades del aprendizaje.